El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) inicia el expediente de resolución de la cuestión prejudicial planteada sobre el índice de referencia del IRPH por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, aunque no lo tramitará por el procedimiento de urgencia como se había solicitado, atendiendo al número de afectados existentes en España y a la cantidad de reclamaciones judiciales planteadas al respecto.
El 14 de diciembre de 2017 el Tribunal Supremo sentenció a favor de la transparencia de la cláusula del IRPH en los préstamos hipotecarios. Ahora, el planteamiento de la cuestión prejudicial llevará a que todos aquellos demandantes que ejercitaban la acción de nulidad contra los préstamos concedidos bajo la referencia del IRPH soliciten de los Juzgados la paralización de los procedimientos en tanto no resuelva el TJUE, ya que el panorama actual no genera expectativas favorables para ellos.
Por tanto, aún llevará unos meses el que el TJUE se pronuncie sobre si los préstamos comercializados y formalizados en España bajo la referencia del IRPH con consumidores fueron concedidos con suficiente conocimiento por parte de éstos y si realmente se cumplen los requisitos de transparencia en la información prestada por las entidades bancarias a la hora de contratarlos. Nuevamente será el TJUE quien diga la última palabra.