Reporting semestral · Circular 4/2021

Estados Reservados de conducta de mercado ante el Banco de España

Cada semestre, los prestamistas e intermediarios inscritos deben informar al Banco de España de sus operaciones, comisiones y reclamaciones. Validamos sus datos, generamos los ficheros y los presentamos en plazo, con acuse de recibo.

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Respuesta breve

¿Qué son los Estados Reservados y quién debe presentarlos?

Los Estados Reservados de conducta de mercado son los informes semestrales que todo prestamista inmobiliario, intermediario de crédito inmobiliario o PICI inscrito remite al Banco de España según la Circular 4/2021. Deben presentarse cada semestre aunque no se haya formalizado ninguna operación.

Son una de las obligaciones posteriores a la inscripción en el Banco de España de prestamistas e intermediarios. La otra gran obligación periódica de los prestamistas es la declaración mensual a la CIRBE.

  1. Operaciones del semestrePréstamos formalizados y operaciones intermediadas en el periodo.
  2. Saldos vivosImporte pendiente de los préstamos al cierre del semestre.
  3. Comisiones e interesesRemuneración percibida por la actividad de préstamo o de intermediación.
  4. Puntos de venta y reclamacionesRed comercial y reclamaciones de clientes recibidas en el periodo.

Cómo los presentamos

Del dato en bruto al acuse de recibo

  1. Recogida de datos

    Le enviamos una plantilla sencilla y revisamos la coherencia de operaciones, saldos y comisiones.

  2. Acceso técnico

    Gestionamos el alta en el sistema SIF del Banco de España y el certificado PKI necesario para remitir.

  3. Ficheros XML

    Generamos los ficheros con el formato técnico de la Circular 4/2021 y los validamos antes de enviarlos.

  4. Presentación

    Remitimos los estados, le entregamos el acuse y atendemos cualquier incidencia o subsanación.

Por qué delegarlo

Los errores que más requerimientos generan

  • Presentar fuera de plazo

    El retraso es en sí mismo un incumplimiento. Le avisamos con antelación de cada fecha límite.

  • Saldos que no cuadran

    Los saldos vivos deben ser coherentes con lo declarado en la CIRBE. Cruzamos ambas fuentes antes de enviar.

  • No presentar sin actividad

    Un semestre sin operaciones también se declara. Es el olvido más frecuente en entidades pequeñas.

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Preguntas frecuentes

Estados Reservados: preguntas frecuentes

¿Qué son los Estados Reservados de conducta de mercado?

Los Estados Reservados de conducta de mercado son la información semestral que los prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario inscritos remiten al Banco de España conforme a la Circular 4/2021. Recogen sus operaciones, saldos, comisiones, puntos de venta y reclamaciones para que el supervisor controle la transparencia y la protección de la clientela.

¿Quién está obligado a presentarlos?

Están obligados todos los prestamistas inmobiliarios (PI), intermediarios de crédito inmobiliario (ICI) y prestamistas que también intermedian (PICI) inscritos en el registro del Banco de España. La obligación nace de la propia inscripción, no del volumen de actividad.

¿Con qué periodicidad se presentan?

Se presentan dos veces al año, uno por cada semestre natural. El Banco de España fija la fecha límite de cada periodo; por ejemplo, el plazo del primer semestre de 2025 terminó el 5 de septiembre.

¿Hay que presentarlos si no he formalizado ninguna operación en el semestre?

Sí. La entidad inscrita debe remitir los Estados Reservados aunque no haya formalizado operaciones en el periodo, informando de los saldos vivos y de las reclamaciones que pueda tener. No presentarlos es un incumplimiento aunque la actividad haya sido nula.

¿Qué información se declara en los Estados Reservados?

Se declaran las operaciones formalizadas en el semestre, los saldos vivos al cierre, las comisiones e intereses percibidos, las operaciones intermediadas, los puntos de venta y las reclamaciones recibidas. El detalle exacto depende de si la entidad es prestamista, intermediario o PICI.

¿Qué ocurre si no se presentan a tiempo?

El Banco de España puede emitir requerimientos de subsanación, abrir un expediente sancionador e incluso, en casos graves, dar de baja a la entidad en el registro. Por eso conviene presentarlos dentro de plazo y con acuse de recibo.

¿Los Estados Reservados sustituyen a la CIRBE?

No. Son obligaciones distintas, ya que la CIRBE es una declaración mensual de los riesgos de cada préstamo (Circular 1/2013) que solo afecta a los prestamistas, mientras que los Estados Reservados son semestrales y afectan a prestamistas e intermediarios.

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