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Guía de buenas prácticas para la aplicación del baremo de autos

“La obligación de las Administraciones Públicas de adaptación de la normativa en vigor para la consecución de los objetivos previstos ha llevado a que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración  de los Daños y perjuicios sufridos en los accidentes de tráfico publique unos principios de Buenas Prácticas en el procedimiento de reclamación extrajudicial a las aseguradoras.

Estos principios se basan en la colaboración, buena fe y transparencia en las reclamaciones. Se considera incorrecto ocultar información disponible a efectos de determinación de la responsabilidad y cuantificación del daño. De otro lado, se fija que no es obligación del perjudicado el cuantificar económicamente la reclamación. Tampoco se considera adecuado que la aseguradora haga ofrecimientos de indemnización al margen del procedimiento previsto de Oferta Motivada.

Se establece también que las aseguradoras deben desglosar y clarificar los conceptos indemnizatorios, aclarando los puntos asignados a secuelas y la codificación de las lesiones generadas en el accidente.

El criterio de la Comisión es el de no considerar aceptable condicionar la existencia de oferta motivada a la renuncia de acciones judiciales futuras.

Por lo demás, las conclusiones de la Comisión detallan el proceder que se estima adecuado en función de si la reclamación presentada por el perjudicado cuenta o no con informe médico pericial que la sustente.

Si bien no son criterios vinculantes para los Juzgados si son criterios que merecen el respeto propio del consenso alcanzado entre los representantes de todos los sectores implicados, que les dota de un halo de objetividad y de una innegable capacidad de vinculación entre quienes aquellos que participaron en su proceso creativo.”