Skip to content

Blog

Circular 4/2021 – Conducta de mercado

Tras la inscripción de prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario en el Banco de España, estas entidades deben cumplir con los requisitos establecidos por el órgano supervisor.

La Circular 4/2021 introduce dos obligaciones de información para PI e ICIS:

  1. Reportar los estados reservados.
  2. Mantener un registro de reclamaciones.

Los primeros estados reservados a declarar serán los del segundo semestre de 2022, que podrán declararse hasta el 5 de marzo de 2023.

En cuanto al Registro de reclamaciones, deberán incluirse todas aquellas reclamaciones recibidas a partir del mes de junio de 2022.