Tras la inscripción de prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario en el Banco de España, estas entidades deben cumplir con los requisitos establecidos por el órgano supervisor.
La Circular 4/2021 introduce dos obligaciones de información para PI e ICIS:
- Reportar los estados reservados.
- Mantener un registro de reclamaciones.
Los primeros estados reservados a declarar serán los del segundo semestre de 2022, que podrán declararse hasta el 5 de marzo de 2023.
En cuanto al Registro de reclamaciones, deberán incluirse todas aquellas reclamaciones recibidas a partir del mes de junio de 2022.